El Juzgado de lo Social número 22 de Madrid nos ha dado la razón en uno de los juicios que teníamos abiertos contra Cuarzo Producciones y las ETTs que contrataban a la figuración.
En el programa Secretos y Mentiras, de la citada productora, los contratos de los actores y actrices se habían hecho en concepto de Figuración especial, tras la sentencia se reconoce que dichos contratos correspondían a categorías de Protagonista y Secundario. Para ello ha sido fundamental la colaboración de AISGE que ha participado como apoyo a la labor sindical y jurídica de la Unión.
La sentencia reconoce por tanto que, los actores y actrices, lo son en base a lo que aparecen en la obra y a su peso específico en la acción y no únicamente en base a lo que se establece en el contrato laboral.
Esta sentencia también reconoce, como se establece en la Ley, que las ETTs y las productoras son ambas responsables en régimen de subsidiariedad. Esto significa que si bien la relación laboral existe con la empresa de trabajo temporal, la productora debe responder de aquellos elementos que se produzcan durante la cesión de actor o actriz en la producción.
Queremos animar a todos aquellos que teniendo contratos de figuración especial estén realizando trabajo actoral. Además esperamos que esta sentencia sirva para que de una vez se abra la regulación y definición de la figuración respecto a los actores y actrices, en base al acting dejando clara la diferencia entre ambas categorías y haciendo valer tanto el trabajo de actores y actrices como el de figurantes.