Cuando realizamos un spot de publicidad hay algunas cosas que debemos conocer para evitar problemas y que se respeten nuestros derechos.
En publicidad deben realizarse dos pagos:
El primero, es el salarial, por el día de trabajo concreto. Este pago se basa en un contrato de trabajo que se debe firmar previamente y en el que se establecen las condiciones de los días de rodaje (horario, horas extras…). En este pago se descontará el pago a la Seguridad Social y el IRPF, que después vendrá reflejado como rendimiento del trabajo.
Además, junto al día de trabajo, en publicidad se remunera también el uso que posteriormente se hará de la imagen del actor/actriz. Este pago tiene relación con el empleo, como determinan los jueces, pero tiene que venir regulado en un documento diferente: un contrato de cesión de derechos de imagen.
El contrato de cesión de derechos de imagen puede establecerse de manera libre por la cantidad y las condiciones que ambas partes decidan. Pero no sirve para cederlos ilimitadamente, por ello se tiene que delimitar:
- El ámbito temporal: Lo que dura la cesión. Cuando se supere este tiempo se tiene que renovar el contrato y, en general, incrementar en un 10% lo pagado en el contrato anterior.
- El ámbito geográfico: En qué lugares se podrá utilizar tu imagen.
- El ámbito material: En que medios se utilizará la obra, esto será importante en publicidad pues ahora hay múltiples plataformas en las que la imagen puede generar réditos a la publicidad. Aquí es donde figura si el anuncio aparecerá en vallas, televisión o cualquier otro soporte.
En caso de que la cesión de derechos no se haya realizado o haya excedido lo acordado en contrato el actor/actriz tendrá derecho a reclamar las cantidades que se deberían haber cobrado, en caso de no existir acuerdo previo se tendrá que buscar un método de contabilizar lo que se ha generado, que en base a los usos y costumbres la Unión consideramos que será lo determinado por AMAE (Asociación de Modelos y Agencias de España).
Desde la Unión, ponemos a disposición de todos actores y actrices la Asesoría Jurídica para los problemas que se generen respecto a la falta de cesión de derechos, los usos fraudulentos de las cesiones o los impagos. La asesoría será siempre gratuita para los afiliados y para no afiliados se realizará un presupuesto previamente a la aceptación del caso.