infoConvenio: Giras y desplazamientos

De cara a las giras y los desplazamientos de verano, queremos recordaros las normas del Convenio de Teatro en este sentido. Hay pocos cambios respecto al anterior convenio y es importante que sepamos bien a qué tenemos y a qué no tenemos derecho.

Las dietas es una compensación por los gastos que se originan en el curso de un viaje fuera de tu lugar de residencia para trabajar. Se cobran diariamente siempre que:

  • Se haga noche en el lugar de desplazamiento

También se recibirá media dieta:

  • Cuando se regrese de un desplazamiento más tarde de las 14 horas o se haga desayuno y comida en ruta.
  • En los desplazamientos de ida y vuelta, siempre que se superen las 6 horas de duración del viaje.

La compensación de la dieta está establecida en el convenio con un mínimo que puede ser mejorable y depende de aquello de lo que se haga cargo el empresario:

  • Si no se hace cargo de nada el actor/actriz percibe la dieta completa (83,78€) y debe buscarse alojamiento y manutención.
  • En caso en que el empresario disponga a los actores/actrices de un alojamiento con desayuno de al menos 3 estrellas (o equivalente) se abonará únicamente media dieta (41,89€) para la manutención.
  • En el teatro musical, entre semana y siempre que el empresario disponga de un alojamiento con desayuno de al menos 4 estrellas, se podrá abonar la media dieta reducida (35,19€). Esto también será posible para las compañías de reparto colectivo.

 
El INAEM y todas las coproducciones tendrán unas cantidades distintas:      

  • Media dieta: 37,40€
  • Dieta completa: 103,37€

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